Daños y Pérdidas en Agricultura
Según la definición de CABALLER (1985): “La valoración es aquella parte de la economía cuyo objeto es la estimación de un determinado valor o varios valores con arreglo a unas determinadas hipótesis, con vistas a unos fines determinados y mediante procesos de cálculo basados en informaciones de carácter técnico”. Los aspectos a tener en cuenta, derivados de la anterior definición de valoración, son: Su objeto es estimar un determinado valor. La valoración es una parte de la Economía, por tanto requiere fundamentos económicos. Utiliza procesos de cálculo, por tanto requiere fundamentos estadísticos y matemáticos. Necesita información de carácter técnico, por tanto requiere fundamentos tecnológicos. Con respecto a la Valoración Agraria la clasificación que realiza este mismo autor sobre la misma es la siguiente: Valoración de fincas - De interés privado: compraventas, herencias... - De interés público: expropiaciones, concentraciones parcelarias... Valoración de daños -Por privación de uso. -Por accidentes. Valoración catastral: a efectos fiscales (Hacienda). Valoración de empresas agrarias Valoración de otros activos agrarios como ganadería, maquinaria, instalaciones, montes, etc. La valoración en el sector agroalimentario abarca un sin fin de posibilidades desde las medioambientales, agroambientales, mineras, ganaderas...